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Incremento de penas y eliminación de la prescripción de los delitos sexuales cerca de ser realidad en México

PorFrancisco Javier Hernández Salcedo, vicepresidente de SOCIOCRACIA A.C.

El pasado 11 de diciembre el Senador Alejandro Armenta Mier presentó ante el pleno del Senado la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 25, 107 bis, 199 septies, 200, 201, 202, 202 bis, 203, 2013 bis, 204, 206, 208, 209 bis, 259 bis, 260, 261, 262, 265, 266 y 272 del Código Penal Federal, misma que de ser aprobada, no solo endurecería las penas en contra de los delincuentes sexuales, sino que además eliminaría la prescripción de los delitos sexuales como son: hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación e incesto cuando estos son cometidos en contra de una víctima menor de edad o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o, de personas que no tienen capacidad para resistirlo; dicha iniciativa en la que participó “Sociocracia”, Asociación Civil de la que formo parte, aunque, ambiciosa atiende al clamor de miles de víctimas de estos delitos en nuestro país y tiene grandes posibilidades de ser aprobada por el Senado, pues de inmediato se adhirió a la misma no solo la bancada de Morena y del PT, tambien los senadores del PAN Josefina Vazquez Mota y Víctor Oswaldo Fuentes Solís.

Es una reforma al Código Penal Federal de gran envergadura que posicionaría a México en la vanguardia jurídica mundial, pues al establecer que se elimina la prescripción de dichos delitos para quienes “no tengan la capacidad de resistirlo”, se incluye no solo a los menores de edad si no a todas las víctimas de dichos delitos, pues de tener capacidad de resistirse al acto delictivo, este no se llevaría a cabo; hablamos de eliminar de facto la prescripción de dichos delitos, lo que convertiría a nuestro país en el primero de nuestro continente en lograr un cambio tan relevante y no es para menos, la situación en cuanto al incremento de la incidencia delictiva en esos delitos y otros que afectan de manera directa a los niños y niñas mexicanos, más la impunidad de los mismos, nos han posicionado en los primeros lugares del mundo para vergüenza nacional.

Dentro de los cambios más relevantes a las penas se encuentran los siguientes:
Incrementa el límite máximo de la pena privativa de libertad de 60 a 80 años (art. 25 CPF).

  •  Elimina la prescripción de los delitos hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro, violación e incesto cuando estos delitos sean cometidos en contra de una víctima menor de edad o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo (Art. 107 Bis).
  •  Incrementa la pena por el uso de medios de comunicación: radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos, a quien contacte a una persona menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o a persona que no tenga capacidad para resistirlo, y le requiera imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas, actos de connotación sexual, o le solicite un encuentro sexual. Actualmente la pena es de 4 a 8 años de prisión y multa de cuatrocientos a mil dias de multa; se plantea que sea de 8 a 20 años de prisión y multa de mil a dos mil quinientos dias (Art. 199 Septies CPF).
  • Eleva la pena en contra de quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte, a menores de dieciocho años de edad, libros, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter pornográfico, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio. Actualmente es de 6 meses a 5 años de prisión y de trescientos a quinientos dias de multa; se plantea que sea de 8 a 15 años de prisión y de dos mil quinientos a cinco mil dias de multa. Tambien establece que aunque el material tenga como fin la divulgación científica, artística o técnica o en su caso, la educación sexual no se pueden utilizar a menores de 18 años en imágenes reales (Art. 200 CPF).
  •  Se aumenta la pena por el delito de corrupción a menores, no solo en delitos sexuales, si no además contempla para el caso de consumo de sustancias tóxicas el consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 del CPF o a la fármaco dependencia, que actualmente tiene una pena de prisión de 5 a 10 años y multa de quinientos a mil dias; plantea pena de prisión de 8 a 13 años y multa de mil a mil quinientos dias; en el caso de mendicidad con fines de explotación cuya pena actual es de prisión de 4 a 9 años y de cuatrocientos dias de multa; se plantea una pena de 7 a 12 años de prisión y setecientos a mil trescientos dias de multa por formar parte de una asociación delictuosa o realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual, que actualmente tiene una pena de prisión de 7 a 12 años y multa de ochocientos a dos mil quinientos dias, se plantea que la pena sea de 10 a 15 años y multa de mil doscientos a dos mil quinientos dias por asociación delictuosa y pena de prisión de 10 a 15 años y multa de dos mil quinientos a cinco mil dias para el segundo caso (Art. 201 CPF).
  •  También se propone un alza a la pena para el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, o de personas que no tienen capacidad para resistirlo a la persona que procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos, que actualmente tiene una pena de 7 a 12 años de prisión y de ochocientos a dos mil dias de multa; plantea una pena de 20 a 50 años de prisión y de dos mil quinientos a cinco mil dias de multa, si la persona es menor de diez años establece que la sanción anterior se duplique un tanto igual, ya sea en su mínimo o en su máximo (Art. 202 CPF).
  • Incrementa la pena para el delito de turismo sexual que actualmente es de 7 a 12 años de prisión y de ochocientos a dos mil dias de multa, asi mismo, se plantea una pena de 20 a 40 años de prisión y de dos mil a cuatro mil dias de multa, y se propone que cuando la persona sea menor de diez años, la sanción se duplicará (Art. 203 CPF).
  •  En cuanto a los demás delitos sexuales como son abuso de menores, estupro, lenocinio, hostigamiento sexual e incesto, propone un incremento en las penas hasta el triple en el límite máximo y en el caso de violación establece de 30 a 55 años de prisión, actualmente es de 8 a 20 años y propone duplicar la pena para quien sin violencia realice cópula con persona menor de diez años.

Durante su discurso el Senador Alejandro Armenta, compartió datos alarmantes que motivaron la iniciativa: México ocupa los primeros lugares en el mundo en delitos sexuales, así como trata de personas con fines de explotación sexual infantil, corrupción de menores e impunidad e invitó a los senadores de las demás bancadas a sumarse a esta iniciativa.

En cuanto a “Sociocracia”, es importante mencionar que en octubre de este año publicó la iniciativa de eliminar la prescripción de los delitos sexuales en el portal de change.org, invitando a toda la sociedad a sumarse, así mismo, presentó con el apoyo de la diputada local Cristina Tello Rosas una iniciativa ante el congreso de Puebla, que elimina en ese estado, la prescripción de todos los delitos sexuales, corrupción a menores y pornografía infantil, misma que se encuentra en análisis por la comisión correspondiente.

Valdría la pena, que quienes están a favor de dicha iniciativa, se sumen firmando en el portal de change.org ingresando a la página web de “Sociocracia” en www.sociocracia.mx o bien en http://chng.it/wfKr9sLrHn.

 

 

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