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EL IFECOM, ¿QUÉ HACER CUANDO QUIENES DEBEN PROTEGERTE ESTÁN CON LOS QUE TE DEFRAUDARON?

Por: Francisco Javier Hernández Salcedo, vicepresidente de la organización Sociocracia A.C.

Pareciera ser que para la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, el respeto a los derechos humanos de las personas defraudadas, no es una responsabilidad intrínseca en el Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles (IFECOM).

¿Por qué?

El fundamento de los derechos y las libertades esenciales señalados en la Carta Universal de las Naciones Unidas, reside en los atributos que derivan de la dignidad humana, que es la razón que justifica su protección, y no en el hecho de que las personas poseamos una nacionalidad, o un estado, o condición social determinada.

A ello se debe la obligación de los Estados y gobiernos de promover su respeto universal y efectivo.

En materia de derechos humanos, la universalidad significa facultades y atributos de las personas sin distinción alguna; un principio básico señala que forman parte de un todo, por lo que los derechos son interdependientes.

A su vez, el principio de integralidad señala que cada persona goza de todos ellos, por lo que el disfrute de uno significa garantizar también los demás y, por tanto, la violación de uno implica la violación de los otros.

Es decir, no caben distinciones entre tipos de derechos humanos, lo que procede es admitir su integralidad y aceptar que todos generan deberes de respeto y garantía. Por ello, el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales ha señalado que todos los derechos imponen al Estado obligaciones de respetarlos, protegerlos y garantizarlos.

En el caso particular del Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles “IFECOM”, el Consejo de la Judicatura Federal, tiene la facultad de designar a su titular y a su vez, el órgano de gobierno, designa a los especialistas que actúan como conciliadores o síndicos en concursos mercantiles de conformidad a la Ley de la materia.

Sin embargo, la corrupción y sistemática violación a los derechos humanos existente en el IFECOM, provocó para el caso particular que relato, un cuantioso daño en el patrimonio de más de tres mil personas inversionistas, (la mayoría de la tercera edad) de las empresas de ALTA GRUPO, Automatización de Servicios Productivos, S.A. de C.V. y Genera Destino S.A.P.I., de C.V., SOFOM, E.N.R., debido al probable contubernio del especialista designado síndico, José Gerardo Badín Cherít, con los accionistas de las empresas quienes cubren sus honorarios, afectando no nada más el patrimonio de los defraudados, sino sus derechos humanos por un monto que ya superó los cinco mil millones de pesos.

Por cierto, Gerardo Badín Cherít, fue el síndico designado por el IFECOM en el proceso de Mexicana de Aviación cuyos resultados negativos fueron evidentes. Ahora también es el síndico de Oro Negro.

Acaso como lo mencionan las crónicas de algunos medios: “¿Es el síndico consentido del IFECOM?”

Si las actuales autoridades del Consejo de la Judicatura Federal como lo ha reiterado recientemente su Ministro Presidente Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea, quiere desterrar la corrupción existente en el Poder Judicial Federal, deberá actuar en organismos como el IFECOM cuya intervención en un concurso mercantil resulta de la mayor relevancia para el cumplimiento de la Ley de Concursos mercantiles, evitando el abuso de los comerciantes voraces y abusivos en perjuicio de sus acreedores.

Las actuaciones del conciliador, ahora designado síndico en el concurso mercantil de estas empresas, son en forma evidente, violatorias de estos preceptos y para muestra de ello, solo basta analizar brevemente el expediente concursal para observar los incumplimientos e irregularidades cometidas por el “especialista”:

No entregó la contabilidad de las empresas; no ha publicado en el Diario Oficial de la Federación el estado de quiebra decretada el 28 de diciembre de 2018, no ha tomado posesión de las empresas; no ha procedido con los procesos de ocupación, venta de activos, etc.; argumentó que las comerciantes no le han proporcionado el dinero para la publicación, que no ha tenido acceso a la información y que no le han dado posesión.

Sin embargo, en sus informes bimestrales como conciliador en 2018, incluso en el final de 2019, señaló una dirección donde se localiza la información, asimismo, aduce reiteradamente en todos sus informes, “que tiene pleno acceso a la contabilidad del comerciante y que está en aptitud de vigilar la administración y las operaciones que este realiza, así como el desarrollo de las demás funciones inherentes a su cargo”.

¿Le creemos a él o a la evidencia?

Todo parece indicar que falta a la verdad, ya que un juez de lo civil en la Ciudad de México informó a solicitud del juzgado del concurso que el día 6 de diciembre de 2017, se celebró una audiencia por controversia de arrendamiento y que ese domicilio se encontraba vacío y sin documentación.

Dentro del citado expediente, se observa que en reiteradas ocasiones la Jueza del concurso mercantil realizó exhortos y extrañamientos tanto al síndico como a las comerciantes por los incumplimientos a la Ley, incluso, dió plazos que no se acataron, apercibiendo que de no hacerlo se harán acreedores a una multa.

¿De nuevo los malos van a ganar con total impunidad?

La verdad como en este caso, siempre sale a la luz, tenemos toda la esperanza en que las autoridades volteen a ver este tipo de tropelías, actúen con total responsabilidad y compromiso; hablamos de gente poderosa, sin escrúpulos que hicieron que miles de personas perdieran todo lo que con esfuerzo lograron, cuyo error fue creer en su palabra, así como, en las instituciones que fueron creadas para proteger sus derechos y su patrimonio.

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