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Así funcionan los permisos de publicidad exterior de la Ciudad de México

 

En la Ciudad de México existen otorgados múltiples patr para publicidad exterior, que van desde la publicidad en el Metro, hasta la publicidad en bajo puentes, además de los que se otorgan para la publicidad en estaciones de transporte publico y en para buses.

La idea de estos permisos es básicamente la concesión de los espacios públicos a particulares, para que estos otorguen servicios públicos y a cambio de ello reciban ingresos por la publicidad que pueden colocar en ellos,.

Por ejemplo, en el caso de los parabuses, la empresa de publicidad coloca los parabuses, les da mantenimiento y tienen derecho a recibir el producto de la venta de los espacios publicitarios.

Sin embargo,  el mobiliario que colocan debe cumplir con varias características, la primera es que debe cumplir una función social, por ejemplo los espacios para sentarse a esperar el transporte, el techo para evitar el sol y la lluvia, la colocación de estaciones de carga de celulares y de nodos de wifi , etc, en esos casos podríamos encontrar una función social, pero existen otros muchos patrs que no tienen esa función.

Por ejemplo los que permiten la colocación de publicidad en bajo puentes o los de las columnas en periferico.

Algunos ejemplos de eso son los siguientes:

1.- El PATR otorgado a IMPACTOS, FRECUENCIA Y COBERTURA EN MEDIOS S.A DE C.V, expediente 2017/016-10/0/1 le otorga a esa empresa el uso y aprovechamiento del paso vehicular deprimido en calzada zaragoza y viaducto miguel alemán por 10 años a partir del 14 de marzo del 2017, a cambio de $38,137.00 mensuales, pudiendo la empresa comercializar 430mts cuadrados para publicidad.

Este permiso fue “modificado” para que se ampliara a 8 pasos a desnivel que son Congreso de la Unión esquina Rio Consulado, Fray Servando y San Antonio Abad, Circuito interior y Bahía de la Ascensión, Circuito interior y Gutemberg, Chapultepec e insurgentes, Avenida del Taller y San Antonio abad, CIRCUITO INTERIOR RIO MIXCOAC E INSURGENTES.

La modificación se realizo el 31 de mayo del 2017 y consiste en permitir el uso y explotación de esos espacios por la suma de $458,457.00 mensuales.

Es muy importante señalar que la publicidad en bajopuentes esta prohibida en la ley, y que a pesar de eso, se les renta el espacio a estas empresas para que violando la ley exploten el espacio publico y aun que pareciera que el monto de renta es elevado, hay que ver que están utilizando 5000, metros cuadrados, MEDIA HECTAREA, es decir que por metro pagan poco mas de $91 y la empresa vende el mismo espacio por alrededor de $2000.

También es importante que veas que el PATR NO señala que se puedan colocar pantallas electrónicas

2.- PATRS emitido a favor de IPKON S.A DE C.V. expediente 2011/085-10/0/2 para la explotación de 102 túneles para la colocación de publicidad en vinil auto adherible, por 10 años a partir del 11 de noviembre del 2011 por lo que deben pagar poco menos de $8,000,000.00 mensuales, que representa (considerando que se les otorgan 37,000 metros cuadrados para publicidad) un pago de poco más de $216 por metro, vendiéndolo ellos en mas de $2000 por metro

Con la particularidad de que el pago es en especie, se paga de la siguiente forma:

Mantenimiento, conservación, equipamiento, limpieza y alumbrado de los 102 túneles, así como de sus áreas públicas (mantenimiento menor)

Mantenimiento, conservación, equipamiento, limpieza y alumbrado de la plaza garibaldi

20% de espacio publicitario a favor del gobierno para difusión de programas de comunicación social

Retiro de 209 espectaculares

Es decir que la ciudad NO recibe un peso, se “ahorra” mantenimiento a cambio de lo cual la empresa vende en 10 veces lo que “paga” por el uso del espacio.

3.- PATR a favor de PUBLIPRISMA S.A DE C.V expediente 2012/044-10/0/2 para la explotación de 100 puentes peatonales en vía publica por los que debe pagar anualmente $16,707,313. Por 10 años desde el 1/11/2012

Todos estos patrs y otros mas de los que se queja la jefa de gobierno se pueden cancelar, extinguir o revocar por la desaparición de la finalidad del permiso, nulidad, revocación del mismo, por cualquier causa que haga, a juicio de la autoridad, imposible o inconveniente su continuidad, también por incumplimiento del permisionario, por realizar obras, trabajos o instalaciones no autorizadas, por

ejemplo la colocación de luz y sonido, la perforación de los espacios , la colocación de publicidad volumétrica (todo esto ya lo han hecho)

Es decir, que si el gobierno quisiera terminar los contratos, puede hacerlo en cualquier momento.

 

 

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